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Mosaico Mexiquense

La veda electoral que entró en vigor a partir del 30 de marzo pasado, debe ser respetado por los Ayuntamientos de los 125 municipios del Estado de México, no pueden utilizar o promocionar la publicidad de sus actividades en las páginas oficiales de internet, o por medio de boletines de prensa, así como la utilización de escudos oficiales de los gobiernos locales, durante este periodo de veda electoral, que permanecerá hasta el día 1 de julio en que se realizarán las elecciones federales y locales en todo el país.

Los gobiernos municipales, dependencias de gobiernos federal y estatal en la entidad deberán acatar esas disposiciones emitidas por el Instituto Nacional Electoral (INE), o en caso contrario serán acreedores de sanciones que señala el código electoral. Que menciona en referencia a las páginas en internet, “El contenido de esta página ha sido modificado de acuerdo a lo previsto en los artículos 41, base III apartado C y 134 párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 129 párrafo séptimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 209 párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 201 párrafo segundo del Código Electoral del Estado de México. Permaneciendo así hasta el 2 de julio de 2018”.

Así mismo, los Ayuntamientos deben evitar la promoción de publicidad con el propósito de inducir al voto ciudadano en favor de algún candidato durante Veda Electoral; pero si pueden dar a conocer temas relacionados con las actividades de Protección Civil, Educación y Salud, en tanto no expongan logotipos de la administración, jingles institucionales y sólo colocar escudos de armas.

Las páginas oficiales de varios Ayuntamientos, como Coacalco, Tecámac, Acolman, Texcoco, Tultepec y Zumpango que conforman el Valle de México, han sido inhabilitadas o suspendidas temporalmente.

 

Por su parte funcionarios del Instituto Nacional Electoral, afirman que en caso de existir violación a la Veda Electoral, es el INE el encargado de investigar y recabar pruebas para entregarlas al Tribunal Electoral que es el responsable de decidir si existe o no falta y quien se encarga de sancionar el hecho.

 

El pasado 27 de marzo del 2017, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), destacó que, la transparencia y el acceso a la información pública, además de constituir un derecho humano permiten hacer del conocimiento de la sociedad los bienes y servicios a cargo de los sujetos obligados que ejercen recursos públicos.

 

 

 

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