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Modifican leyes para garantizar transparencia y acceso a la información

Toluca / Estado de México

La Legislatura mexiquense aprobó por unanimidad los cambios a la Constitución estatal.
La Legislatura mexiquense aprobó por unanimidad los cambios a la Constitución estatal.

Los diputados de la LVIII Legislatura estatal de manera unánime aprobaron reformas a la Constitución Política del Estado de México que garantizan el ejercicio pleno del derecho de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales en la entidad.

En sesión del Octavo Periodo Ordinario, los legisladores locales aprobaron el dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Especial para la Protección de Datos Personales,  con lo que se adecuan a las recientes reformas a la Constitución federal en la materia.

Respecto a la reforma al Artículo 5, los poderes públicos y los organismos autónomos deberán transparentar sus acciones, en términos de las disposiciones aplicables, por lo que la información será oportuna, clara, veraz y de fácil acceso.

La información referente a la intimidad de la vida privada y la imagen de las personas será protegida a través de un marco jurídico rígido de tratamiento y manejo de datos personales; toda persona sin acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus propios datos personales o a la rectificación de estos; se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán en el organismo autónomo especializado e imparcial.

La entidad contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado con personalidad jurídica y patrimonio propio, responsable de garantizar el cumplimiento de derecho de trasparencia y acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, el cual se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo y máxima publicidad y cuyas resoluciones son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados.

Se integrará por cinco comisionados que durarán en su encargo siete años procurando en su integración la equidad de género, quienes serán elegidos por la Legislatura; el comisionado presidente será designado por los propios comisionados, mediante voto secreto, por un periodo de tres años, con posibilidad de ser reelecto por un periodo igual.

Además, dicho órgano tendrá un Consejo Consultivo, integrado por cinco consejeros, elegidos por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Legislatura.

La modificación al artículo 131 señala que los diputados de la Legislatura estatal, los magistrados y los integrantes del Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia, los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los titulares de las dependencias del Poder Ejecutivo, el Procurador General de Justicia y los integrantes de los órganos superiores de los organismos a los que la Constitución les otorga autonomía son responsables de los delitos graves del orden común que cometan durante su encargo y de los delitos, faltas u omisiones en que incurran en el ejercicio de sus funciones. El gobernador lo será igualmente, pero durante el período de su ejercicio solo podrá ser acusado por delitos graves del orden común y por delitos contra la seguridad del Estado.

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